DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley acuerda: se declara con lugar la solicitud de calificación de aprehensión por flagrancia. Cuyo hecho fue precalificado como robo agravado de vehiculo automotor tipificado en el artículo 5 y 6 ordinales 1,2,3,5,8,10 y 12 de la ley sobre el Hurto y Robo de vehículos automotores y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD tipificado en el artículo 174 del Código Penal en contra de los adolescentes antes mencionados y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. b) Decreta medida cautelar no privativa de libertad de conformidad con el artículo 582.g de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal c) Se acuerda el procedimiento abreviado dentro del término legal, remítase las actuaciones al tribunal de juicio. Se admite la solicitud de la defensa de la.....