PRIMERO: LA NULIDAD todas y cada una de las actuaciones realizadas a partir del auto de fecha 07-08-2013, con exclusión de la presente decisión fecha en que la abogada LOURDES DE LOZADA, plenamente identificada en la narrativa de esta decisión, fue designada como defensora judicial del ciudadano JOSE DEL CARMEN TORRES TORRES y en consecuencia, se repone la causa al estado de que se designe un nuevo defensor judicial para que ejerza la defensa del demandado en forma real y efectiva y le garantice el pleno ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales conforme a lo previsto en los artículos 29, 49 Ordinal 1º y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela