Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento inserta bajo el No. 754, de los libros de Registro Civil llevados por ante la Prefectura Civil del Municipio Tovar del estado Mérida, de fecha 27 de agosto de 1.968, hoy Registro Civil de Tovar Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, de la ciudadana AURA JOSEFINA BIVONA MORALES plenamente identificada en autos, en cuanto a los errores y omisiones al escribir su primer apellido, el nombre y apellidos de sus padres. En consecuencia, este Tribunal ordena que se rectifique la referida partida de nacimiento.-