DISPOSITIVA
En atención a lo anteriormente expuesto y de la revisión de las actas este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA EL PRESENTE ASUNTO PENAL TERMINADO, por muerte del acusado FREDDY KARYN GRATEROL GRACIA, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.600.500, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318.3, 322 y 48.1 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 103 del Código Penal vigente. SEGUNDO: Firme la presente sentencia se acuerda la remisión del legajo de actuaciones al Tribunal de Ejecución para el comiso del arma de fuego, que se encuentra plenamente descrita en la experticia del Reconocimiento Legal N° 9700-230-AT-0126 de fecha 04 de Febrero del 2010, cursante al folio N° 34 y su vt.....