este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante REINA MARIA CANDELAS UVIEDA, titular de la cedula de identidad Nº V-15.736.393, fallecida en fecha 14 de enero de 2015, según acta de defunción Nº 045, folio 045, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital, en fecha 10 de febrero de 2015, a sus legítimos padres JOSE RAMON CANDELAS PEÑA Y DILIA LEONOR UVIEDA DE CANDELAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.204.179 y V- 3.166.707, en su orden, domiciliados .....