Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ADMITE la Reforma de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano NAUDY ALEXANDER MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.717.308, contra la Universidad de los Andes en la persona de su Rector, ciudadano Prof. Mario Bonucci R., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.595.968, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida y hábil.
ORDENA:
1. Notificar mediante oficio al ciudadano MARIO BONUCCI R., en su condición de RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, presunto agraviante y/o en su efecto a los Apoderados de la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, para que comparezcan ante este Tribunal, al tercer (3) día há.....