En fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega el Decreto Provisional de Amparo solicitado por el profesional del derecho ADALBERTO ALVARADO, cedulado con el 8.074.488 e inscrito en el Instituto de Previsión Social con el Nro. 34.008, actuando en nombre y representación del ciudadano ANGEL GUZMAN PEÑARANDA MANZANO, colombiano, mayor de edad, con cedula de ciudadanía E-84.016.236, comerciante, domiciliado en Ejido, Estado Mérida e igualmente actuando en nombre y en representación de la Empresa Mercantil IMPORTADORA CONTINENTAL A&A C,A Rif J-29749838 -9 inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 01-04-2009, con el Nro. 8, Tomo 21-Ay ratificación de la junta Directiva según acta de Asam.....