Vista, el acta suscrita en fecha 16 de Marzo del presente año, por los ciudadanos: MARIA CELINA MEZA FLORES y ANGEL HERNAN RAMIREZ MORENO, venezolanos, mayores de edad, solteros, la primera de oficios del hogar y el segundo comerciante, titulares de la cedula de identidad Nros. V-14.929.559 y V- 9.325.938 en su orden, domiciliados ella en el sector los Arenales y él en el Sector el Salado casa s/n ambos de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos a favor de sus hijas (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Organica para la Proteccion de los Niños, Niñas y Adolescentes), de catorce (14) y seis (06) años de edad.-