PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por los abogados RICARDO ISRRAEL TAVIRA MENDEZ y THAMARA DEL CARMEN PUENTES DE TAVIRA, coapoderados judiciales de la parte actora, sobre sobre los siguientes inmuebles:
• Un inmueble del tipo lote de terreno distinguido por PARCELA DE TERRENO Nº 12 ubicado en La Capellanía, parroquia Capital Bailadores – Rivas Dávila, municipio Rivas Dávila, entidad federal: Mérida; y alinderado así: Frente: en la medida de catorce (14,00) mtrs, separa la calle Nº 2, Fondo: en la medida de (14,00) mtrs, separa la parcela Nº 19, Lado Izquierdo: en la medida de veinte metros (20,00) mtrs separa parcela Nº 13 y Lado Derecho: en la medida de diecinueve metros con cincuenta centímetros (19,50) mtrs, separa parcela Nº 11, vendida a Iraira Rosales. Las personas que han podido enajenar o gravar el citado inmueble durante el lapso solicitado: Propietario(s) actual (es): LUIS EMIRO SALAZAR CONTRERAS de nacionalidad venezolana, .....