Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara
UNICO: Con Lugar la aprehensión de la investigada GLADIS TERESA GONZALEZ DE OCHOA, titular de la cedula de identidad N° V-13.940.634, residenciada en la Avenida 2 (Lora), Edificio Los Compadres, apartamento 2-1, Municipio Libertador del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ESTAFA; previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de MARIA LASTENIA HERNANDEZ. Notifíquese a la Fiscal Primera del Ministerio Público del estado Mérida. Ofíciese a todos los Cuerpos de Seguridad del Estado, haciéndole saber que una vez aprehendido el citado ciudadano, debe ser presentado al tribunal dentro de las 48 horas de su aprehensión. Certifíquese por secretaría copia.....