DISPOSITIVA
Por mérito de lo expuesto, este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 645, 646 y 647 letra "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
La continuación del cumplimiento de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, que culminan en fecha 19 de octubre de 2011.
La medida de REGLAS DE CONDUCTA, comporta la obligación por parte del sancionado IO, de continuar realizando actividades laborales de carácter lícito.
De conformidad con el artículo 647 letra "e" de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se fija como fecha probable para la revisión el día 19 de octubre de 2011, fecha en la que finalizan las medidas. Diarícese y regístrese. Cúmplase.
LA JUEZA EN FUNCION.....