Este Tribunal deja constancia expresa que por no haberse aportado copias del escrito original de la demanda y de sus respectivas reformas; no se expidieron los recaudos pertinentes para elaborar la boleta de intimación y su respectiva compulsa, exhortándose en tal virtud, a la accionante a que sufrague por órgano del Alguacil de este Tribunal los costos correspondientes para la reproducción fotostática del libelo cabeza de autos y sus reformas, lo cual hará constar mediante diligencia, y poder, en fin, librar los recaudos de ley. En cuanto a la medida de EMBARGO PREVENTIVO solicitada en la reforma de fecha 07 de mayo de 2012, ábrase el cuaderno separado respectivo. Finalmente este Tribunal, acuerda elaborar nueva carátula en el presente expediente con indicación del MOTIVO: "ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES DERIVADOS DE COSTAS PROCESALES". Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
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