DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la falta de interés opuesto por la parte demandada de conformidad con el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara de oficio la falta de cualidad de la parte actora ciudadano MOHAMMAD FAWAZ EL HINDAWI, para intentar el presente juicio de resolución por incumplimiento de contrato de arrendamiento de local comercial, conforme con el criterio sentado por la Sala de Casación Civil en su sentencia N° 258, de fecha 20 de junio de 2011.
TERCERO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se declara sin lugar la demanda de resolución por incumplimiento de contrato de arrendamiento de local comercial, interpuesto por los abogados NEURIS RAMÓN ANDARA BAR.....