Que el prenombrado abogadoDAMASO ROMERO, goza de facultad expresa para "desistir" de la tacha propuesta, por ser co-apoderado judicial de la parte actora, la cual lo legitima para la realización de dicho desistimiento, y así se declara.
El desistimiento de la tacha, comporta el abandono del trámite relativo a la misma.
Ahora bien, de lo antes expuesto considera quien aquí decide, que el desistimiento formulado por el abogado DAMASO ROMERO, co-apoderado judicial de la parte actora, ha sido expuesto de manera suficientemente clara, pues, deja en absoluta evidencia la voluntad de abandonar el procedimiento a través de la cual pretendía la tacha incidental por falsedad ideológica del documento de propiedad presentado como prueba por la parte demandada, con todo lo cual resulta procedente en este caso homologar el desistimiento a la tacha propuesta, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada