PRIMERO: Se declara sin lugar la recusación presentado por la abogada Ana Hilda Acevedo Aguilar, en su condición de defensora privada del ciudadano Vicmore Segundo Segovia Jiménez, a la abogada Marisela Tayanara Hernández Gómez, en su condición de Jueza Tercera de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, de conformidad con lo previsto en el artículo 89 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo establecido en el numeral anterior, se ordena mantener el conocimiento del caso penal Nº LP11-P-2020-000565, por ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía.
TERCERO: Se ordena la notificación de lo aquí resuelto, la imposición al encartado de autos de la presente decisión, librándose la correspondiente boleta de traslado, y la devolución mediante oficio del asunto al .....