En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 Constitucional y 409 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la citación del prenombrado acusado, ciudadano JOSÉ ÁNGEL GÁMEZ, a los fines de que designe defensor en la presente causa y una vez cumplida la formalidad del juramento del defensor designado, el Tribunal fijará la audiencia de conciliación en el caso sub examine. A partir del presente auto, se reconoce en el ciudadano JOSÉ CANDELARIO DUGARTE (ya identificado) el carácter de parte acusadora, y al ciudadano JOSÉ ÁNGEL GÁMEZ, la condición de acusado en la presente causa penal. Se ordena adjuntar a la boleta de citación del acusado, copia certificada de la acusación incoada en su contra, así como del presente auto de admisión. Y así se declara. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ CUARTO DE JUICIO
ABG. JOSÉ GREGORIO VILORIA OCHOA
LA SECRETARIA:
ABG. YENY CAROLINA VILLAMIZAR
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado mediante bo.....