Para efectuar el cómputo actualizado de la pena, se observa que el penado PEDRO IVAN MONTES PEÑA, durante el tiempo de su reclusión por este Tribunal, ha estado detenido en una oportunidad desde la fecha 19-12-2009 hasta el día 24-02-2010, por el lapso de DOS (02) MESES Y CINCO (05) DÍAS. Y en una segunda oportunidad desde el día 22-09-2010 hasta el día 24-02-10, por un lapso de TRES (03) DIAS, si sumamos los dos lapso de pena cumplida físicamente, le da un tiempo de pena cumplida de DOS (02) MESES Y OCHO (08) DIAS y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, es por lo que le falta por cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTIDÓS (22) DIAS DE PRISION, la cual terminará de cumplir el día DIECISEIS (16) DE JULIO DE 2013, AL FINALIZAR EL DIA. ---------------------------------------
Dejándose constancia que el penado, puede optar al beneficio de Destacamento de Trabajo una vez que cumpla un cuarto de la pena impuesta que son nueve.....