declara: CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCION, en consecuencia, se otorga de manera TEMPORAL a los ciudadanos OMITIR NOMBRES y OMITIR NOMBRE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 8.021.980 y V- 12.350.637, respectivamente, domiciliados en el Municipio Campo Elías del Estado Mérida, LA COLOCACION FAMILIAR Y REPRESENTACION LEGAL de la ciudadana adolescente OMITIR NOMBRE, de 16 años de edad, quedando facultados de manera provisional para ejercer la crianza, custodia, vigilancia, asistencia material, moral y afectiva, así como la representación legal de la referida adolescente