PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación formulado en fecha 10 de marzo de 2014, por la ciudadana YULIMAR COROMOTO SÁNCHEZ CONTRERAS, a través de su apoderado judicial abogado MIGUEL ANGEL VALERO, contra el acta de fecha 25 de febrero de 2014, contentiva de la inspección judicial realizada por vía de jurisdicción voluntaria, por el entonces Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta Circunscripción Judicial, hoy denominado Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: En virtud de la declaratoria de inadmisibilidad del recurso de apelación, SE REVOCA el auto de fecha 13 de marzo de 2014, mediante el cual el Tribunal a quo oyó en ambos efectos la apelación propuesta. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la índole del fallo.