DECISIÓN
En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la oposición a la medida formulada por la abogada Lizmary Krissel Cevallos Villanueva, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Jorge Enrique Flores Araque, parte demandada.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente perdidosa de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.