PARTE DISPOSITIVA
En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 1.684, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida como por ante el Registro Principal del Estado Mérida, durante el año 1.684 correspondiente al ciudadano: RICARDO JOSÉ MELO PÉREZ, en el entendido de que en el Libro de Partidas de Nacimiento llevado en dicha Prefectura Civil, aparezca en lo sucesivo en dicha partida el primer nombre del padre ORLANDO MELO CADENAS en la forma siguiente: "ORLANDO", y no "ONTANELO", así mismo que en los libros llevados por ante dicha Prefectura Civil como por ante el Registro Principal del Estado Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha partida el primer nombre de su progenito.....