D E C I S I O N
En consecuencia y vista la transacción efectuada por ambas partes demandadas y actoras, este tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCION, efectuada en fecha 25 de octubre del 2006, suscrita por una parte el ciudadano OSCAR JOSE VIELMA en su carácter de parte demandada, debidamente asistido por los Abogados NESTOR SAMBRANO LINARES Y GERARDO ASDRUBAL ALBARRAN ALTUVE, y por la otra parte EDGAR ALEXANDER MOLINA Y GERARDO PABON VALIENTE, obrando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos: YASMIN SORAYA RIVAS CORREDOR Y OSMAN DEL ROSARIO RIVAS CORREDOR, parte actora, de conformidad a lo pautado en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, impartiéndole al mismo el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, y da por termina.....