negando la admisión de la demanda interpuesta ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 27 de mayo de 2015 (folios 1 y 2), por el ciudadano OMAR ENRIQUE SANCHEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.807.867, domiciliado en El Vigía, Estado Mérida, asistido por el abogado IGNACIO VIELMA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.992.011, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18830, domiciliado en Mérida, Estado Mérida, por SOLICITUD DE DESLINDE, en virtud de que en la misma se omitió el cumplimiento de la exigencia formal contenida en los precitados artículos 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, 340, ordinales 2º, 4º y 5º y 720 del Código de Procedimiento Civil, los cuales resultan aplicables a este proce.....