De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al ciudadano WILMER JOSÉ OLIVEROS BRICEÑO, por la comisión del delito de Uso de Facsímil de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Municiones y Fuga de Detenido, previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal Venezolano, a cumplir la pena de: UN (01) AÑO Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal, como lo son: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena. De conformidad con el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012).