De conformidad con los artículo 262, en sus ordinales 2, y 3, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 y 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y sentencia de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27-11-2001, ponente Dr.Iván Rincón Urdaneta, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la sección Penal de Adolescente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: UNICO: Niega el pedimento de la fiscalia y Decreta la privación judicial preventiva de libertad, al adolescente ya identificado, en virtud de los razonamientos antes señalados. En tal sentido se ordena librar boleta de privación de libertad, debiendo cumplida en el reten policial del Estado Mérida, por ser el joven mayor de edad. Se ordena informar INMEDIATAMENTE al tribunal de juicio Líbrese la boleta respectiva. Remítase en su oportunidad legal la presente solicit.....