Conforme a todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme al artículo 479 ordinal 1° y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 88 del Código Penal, se procedió a acumular las penas contenidas en las causas penales N° LK01-X-2003-48 y LP01-P-2003-448, y a actualizar el cómputo de la pena correspondiente al penado Hermes Alberto Dugarte Aguilar, quien es venezolano, soltero, obrero, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.967.558.