PRIMERO: Tomando en consideración los alegatos del Ministerio Público como de la Defensa considera quien aquí decide, que no quedó demostrada la Culpabilidad del hoy Acusado JOSÉ LUIS ESCALONA CAÑIZALEZ, por el delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, a través de la valoración de las pruebas presentadas en el debate de Juicio Oral y Público, las cuales constituyen las declaraciones de los ciudadanos Médico Forense Wenceslao Parra Rincón, Funcionario José Beltran y Funcionario David Carrero, el acervo probatorio, que lleva a la parte cognoscitiva de este Tribunal Unipersonal, a concluir la inocencia y por ende la inculpabilidad del aquí acusado, por cuanto que a través de los elementos de convicción no se logró establecer la responsabilidad y culpabilidad del mismo, evidenciándose que aún cuando los funcionarios actuantes en el procedimiento son contestes como testigos referenciales en señalar, que obtuvieron información de las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurrieron l.....