ISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente consideradas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control N° 02, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE en su totalidad la acusación fiscal presentada en contra del ciudadano RAUL JAVIER BARAZARTE LACRUZ, por la presunta comisión del delito de DETENTACIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y castigado en el artículo 277 del Código Penal en armonía con el 279 eiusdem; se admiten todas las pruebas promovidas en el escrito acusatorio.
SEGUNDO: Se declara sin lugar la excepción opuesta por la defensa pública y por ende se niega la petición de sobreseimiento.
TERCERO: Vista la manifestación libre y voluntaria del ciudadano RAÚL JAVIER BARAZARTE LACRUZ, expuesta conforme lo dispuesto en el artículo 376 del COPP, este tribunal lo COND.....