En mérito de las consideraciones que anteceden este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana ANGELA DAYANA ARIAS MARCHENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 12.313.209 y hábil, debidamente asistida por el abogado Gustavo Adolfo Volcanes Zambrano, inscrito en el Inpreabogado con el número 69.942 y jurídicamente hábil, contra el ciudadano Gilberto Perdomo, en su carácter de Jefe de la Zona Educativa del Estado Mérida.
SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente acción este Tribunal no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Por cuanto no hay más actuaciones que realizar se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente deci.....