En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado con Asociados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
Primero.- Se declara sin lugar la defensa perentoria de falta de cualidad de parte del demandante para sostener el juicio, hecha valer de conformidad con el Artículo 361 del Código de Procedimiento Civil en la oportunidad de la contestación a la demanda, por el demandado EMILIANO NIÑO CORREA, mediante escrito de fecha, 23 de Abril de 2012, que obra agregado a los folios 45 al 49.
Segundo.- Como consecuencia del procedimiento anterior, se declara sin lugar por desestimada, la demanda propuesta por la Sociedad Mercantil "EXPRESOS HORIZONTE, C.A." a través de su Apoderado Judicial Abogado JOSÉ ALFONSO MÁRQU.....