DECLARA CON LUGAR LA FIJACIÓN DEL QUANTUM DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS ESPECIALES, incoada por la FISCALÍA DECIMA QUINTA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en resguardo y protección de los derechos del adolescente y niños SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, actualmente de catorce (14), once (11) y nueve (9) años de edad respectivamente, a solicitud de la progenitora ciudadana NELMAR ELIZABETH HERNADEZ VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.921.698, domiciliada en el Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida, contra el ciudadano ISRAEL ALEXANDER PEREIRA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.655.803, domiciliado en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en consecuencia, PRIMERO: SE FIJA EL QUANTUM DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVAR.....