En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del
Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION PROPUESTA POR LA ABG. ROSARITO MENDEZ BARONE, Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida extensión El Vigía, conforme a lo establecido en el artículo 86, numeral 8°, del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 87 eiusdem.
Cópiese, publíquese, compúlsese, y remítase el presente cuaderno al Tribunal de Juicio donde actualmente cursa la causa principal, e igualmente remítase copia certificada de la presente decisión al Tribunal de origen, a los fines de verificar la misma. Cúmplase.
DR. ERNESTO JOSE CASTILLO SOTO
JUEZ PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES
DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DÍAZ
JUEZ PONEN.....