Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario en funciones de Juicio No. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, en contra del ciudadano ALIPIO DAVID NAVARRETE BALZA, por la comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal Venezolano vigente.
SEGUNDO: Admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público por ser legales, útiles, pertinentes y necesaria para el Juicio Oral y Público.
TERCERO: CONDENA al acusado ciudadano: ALIPIO DAVID NAVARRETE BALZA, plenamente identificado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (6) MESES, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal.
CUARTO: Acuerda la entrega del arma de fuego descrita en la experticia de mecánica y diseño N° .....