este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en la sentencia definitiva de fecha 19 de enero de 2.005 en la PARTE DISPOSITIVA, que declaró con lugar la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento correspondiente al ciudadano: RAMON ANTONIO UZCATEGUI VILLAREAL siendo lo correcto RAMON ANTONIO UZCATEGUI VILLARREAL la misma signada con el Número 24 inserta en los libros de nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Mérida, durante el año 1958, en el entendido de que tanto en el libro de Partidas De Nacimiento llevado por el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Mérida, como en su duplicado que reposa en el Registro Principal aparezca en lo sucesivo en dicha partida el nombre de la ciudadana MARIA ELOISA VILLAREAL UZCATEGUI, siendo lo correcto MARIA ELOISA VILLARREAL UZCATEGUI. Así se decide.
Téngase el presente fallo como parte integrante de la sentencia dicta.....