Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de, ORLANDO JOSÉ MARTINEZ MOLINA, venezolano, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.656.354, comerciante, residenciado en Arapuey, Calle 2, casa Nº 82, al lado de la escuela de niños especiales de Arapuey, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 en concordancia con el artículo 15 numeral 1 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana EVELIN COROMOTO ORTIGA, antes identificada. Notifíquese a las partes de la presente Decisión. Una vez quede Firm.....