DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente mencionadas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 248 numerales 2° y 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, respectivamente, en concordancia con los Artículos 26, 30 ultimo aparte, 44.1º, 49.3º y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva, impuesta a la imputada de autos por el Tribunal de Control No. 03, en fecha: 14-02-2006, en la Audiencia Oral de Calificación de Flagrancia, y en consecuencia, DICTA una ORDEN DE APREHENSION en contra de la ciudadana: ROSA OMAIRA FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, titular de la cédula de identidad No. V-11.464.846, razón por la cual se acuerda Oficiar inmediatamente a los difer.....