PRIMERO: SE ANULA parcialmente la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 03 de marzo de 2017 (fs. 91 al 94), únicamente en lo que respecta a la declaratoria de inadmisibilidad de la pretensión deducida.
SEGUNDO: Como consecuencia de la nulidad parcial decretada, se declara IMPROCEDENTE el recurso ordinario de apelación interpuesto por el abogado FORTUNATO SERGIO LEONARDO RICCI BERMÚDEZ, en representación de la ciudadana GLADDY MARÍA ROJAS DE ZAMBRANO, mediante escrito presentado en fecha 16 de mayo de 2017 (fs. 107 al 109), contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 03 de marzo de 2017 (fs. 91 al 94), que declaró inadmisible la pretensión deducida.
TERCERO: Se REVOCA en todas y cada una de sus partes la providencia de fecha 17 de marzo de 2017 (f. 112), que admitió en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto por el abogado FORTUNATO SERGIO LEONARDO RICCI BERMÚDEZ, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana GLADDY MARÍA R.....