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Decisiones del dia 25/05/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : LJ01-P-2001-000018 N° Sentencia : Fecha: 25/05/2006
Procedimiento:
Redención De Pena Por El Trabajo Y/O El Estudio Y
Partes:
PENADO: ANTONIO ALBERTO JOSÉ SOLANO, FISCALÍA: 13 DEL M.P.
Resumen:
Del análisis y estudio de los recaudos consta que el penado se desempeñó como FACILITADOR Y CANTINERO, dentro del Establecimiento de Reclusión Penal desde el día 01-10-2001 hasta el día 25-04-2006 lo que quiere decir que el penado en el Centro Penitenciario de la Región Andina trabajó durante un tiempo acumulado de: CUATRO (04) AÑOS SEIS (06) MESES y VEINTICUATRO (24) DÍAS, lo cual equivale conforme al artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio a DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES y DOCE (12) DÍAS, tiempo éste que se deberá sumar a su condena. QUINTO: En consecuencia, si sumamos el tiempo efectivo de detención más ésta redención de pena, le da un total de pena cumplida hasta la presente fecha de: SEIS (06) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIECIOHO (18) DÍAS faltándole por cumplir hasta el día de hoy un remanente de pena de: UN (01) AÑO Y DOCE (12) DÍAS. El penado terminará de cumplir la condena de prisión impuesta el día seis (06) de junio de 2007 a las 12:.....
Juez/Ponente:
Alida Morella Torcatti Berroteran
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : LL01-P-1999-000186 N° Sentencia : Fecha: 25/05/2006
Procedimiento:
Redención De Pena Por El Trabajo Y/O El Estudio Y
Partes:
PENADO: JOSÉ ANGEL PINEDA, FISCALÍA: 13 DEL M.P.
Resumen:
Del análisis y estudio de los recaudos consta que el penado se desempeñó como PREPARADOR DE ALIMENTOS A LA POBLACIÓN RECLUSA Y ORDENANZA, dentro del Establecimiento de Reclusión Penal desde el día 29-04-1985 hasta el día 27-01-1987, y desde el 06-05-2005- hasta el 05-07-2005 lo que quiere decir que el penado en el Centro Penitenciario de la Región Andina trabajó durante un tiempo acumulado de: UN (01) AÑO DIEZ (10) MESES Y VEINTINUEVE DÍAS, lo cual equivale conforme al artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio a ONCE (11) MESES CATORCE (14) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, tiempo éste que se deberá sumar a su condena. QUINTO: En consecuencia, si sumamos el tiempo efectivo de detención más ésta redención de pena, le da un total de pena cumplida hasta la presente fecha de: TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES, VEINTIUN (21) DÍAS Y DOCE HORAS, faltándole por cumplir hasta el día de hoy un remanente de pena de: UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES OCHO (08) DÍAS Y DO.....
Juez/Ponente:
Alida Morella Torcatti Berroteran
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
arriba

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