Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 06-11-2.009, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nro. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, cursante del folio 257 al 268 de las actuaciones, mediante la cual condenó al ciudadano Lenin José Castro Ruiz titular de la cédula de identidad N° V- 15.073.945. Donde lo condenó por los delitos de Robo Leve en la modalidad de Arrebatón, Hurto Agravado, Resistencia a la Autoridad y Lesiones Personales Leves, previstos y sancionados en los artículos 456, 452.8, 218 y 416 del Código Penal; a cumplir la pena de: TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES, SIETE (07) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 02, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, procede a EJECUTAR dicha Sentencia Condenatoria.
En consecuencia, se designa como lugar para que el penado cumpla l.....