Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripcion Judicial del Estado Marida,ACUERDA: Primero: Librar Boleta de Notificación a la parte actora de autos, Empresa Corporación Drolanca C.A., haciéndosele saber que este Juzgado, fijara oportunidad para la materialización de la medida de embargo preventivo ordenado por el Juzgado Tercero de los Municipios Alberto Adriáni, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida,una vez que conste en los autos las resultas de la referida notificación y sea solicitado mediante diligencia por la parte ejecutante de autos.