En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN formulado por el coapoderado judicial de la parte demandante abogado Johny Graterol Zambrano, en contra de la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 14 de mayo de 2008, en la causa principal Nº LP21-L-2008-000079.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 14 de mayo de 2008,n en la cual declaró: CON LUGAR, la falta de cualidad e interés para sostener el juicio, alegada por la parte demandada, de conformidad con el artículo 361 del Código de Procedimi.....