DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA:----------
PRIMERO: Califica la aprehensión del ciudadano Germán Josué Reinoza Peña, como flagrante, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el artículo 373 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia una firme la presente decisión remítanse las actuaciones a la fiscalía actuante para que continúe con la investigación respectiva.
TERCERO: Se decreta Medida Privativa de Libertad en contra del ciudadano: Germán Jo.....