SE IMPARTIO LA HOMOLOGACIÓN a dicha TRANSACCIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. En consecuencia ofíciese a la ciudadana Gerente del Banco Provincial Agencia Mucuchies a los fines de suspender la Medida Preventiva de Embargo recaida sobre la Cuenta Corriente Nº 0108-0114-16-0100002337, perteneciente al ciudadano RAFAEL ANGEL GIL, así mismo se autoriza a la abogada GLADYS MARIBEL UZCATEGUI DIAZ, para que haga efectivo el Cheque de Gerencia Nº 00019005, por la cantidad de NUEVE MIL CINCUENTA BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs. F 9.050.06), a tal efecto desglósese original del cheque de gerencia y hágasele entrega a la parte interesada y en su defecto déjese copia debidamente certificada bajo la misma foliatura, e igualmente hágasele entrega del original de letra de cambio a la parte demandada y archívese el expediente.-