En el caso de análisis, correspondía a la parte actora consignar otro cheque para poder perfeccionar la oferta hecha al trabajador CARLOS MARLON RIVAS MOLINA, titular de la cédula de identidad 14.268.496, dada la caducidad del instrumento cambiario presentado por la parte oferente; sin embargo advierte esta sentenciadora que tal requerimiento no fue cumplido por la empresa oferente, ni tampoco ha realizado ningún otro acto procesal, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, tendiente a demostrar su interés en sostener la oferta real de pago objeto de esta causa; con lo cual se configura el supuesto de hecho estatuido en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por tanto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declar.....