CAPÍTULO V
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185, en aplicación de la sentencia Nroº 1.070 de fechas 09/12/2016, emanada de la Sala de Casación Civil, interpuesta por e ciudadano Rafael Arcangel Osuna Colmenares, plenamente identificado en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos Rafael Arcangel Osuna Colmenares y Oliva Del Carmen Mora De Osuna, que los unía y que contrajeron por ante el Registro Civil de La Parroquia Juan Rodriguez Suarez del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 08 de Septiembre de 1.980, según acta Nº 129;. Así se decide.
Publíquese, regístrese, comuníquese notifíquese y déjese copia c.....