DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley: 1°) Decreta como flagrante la aprehensión del ciudadano Guillermo Alberto Moret Bustamante, ampliamente identificados, por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en el artículo 5° y 6°, ordinales 1°, 3° y 10° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y Lesiones Intencionales Leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal. 2°) Se acuerda la aplicación del procedimiento ordinario, conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. 3°) Se decreta medida privativa de libertad, conforme al artículo 250, numerales 1°, 2° y 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al artículo 251, .....