PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano ORLANDO JOSE UZCATEGUI MARTINEZ en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L. (Ambas partes plenamente identificadas en actas procesales).
SEGUNDO: Se ordena a la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L, que cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 00130-2011, de fecha 20 de junio de 2011, contenida en el expediente administrativo N° 046-2011-01-00167, proferida por el Inspector del Trabajo del Estado Mérida, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano ORLANDO JOSE UZCATEGUI MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad 12.346.456.