En consecuencia y visto el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio JESÚS MANUEL MÉNDEZ HERNÁNDEZ, en su condición de endosatario en procuración de la parte actora, Sociedad Mercantil "Comercializadora 7437, C,A", mediante diligencia de fecha 10 de julio de 2012, y ratificado en fecha 19 del mes y año en curso (ver folio 797), contra el fallo interlocutorio con fuerza definitiva dictado por este Juzgado en fecha 10 de julio de 2012 (folio 772 al 788), este Tribunal de conformidad con el encabezamiento del artículo 1.114 del Código de Comercio en concordancia con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil admite dicha apelación en ambos efectos, y en tal virtud, remítase original el presente expediente al Tribunal Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil del Tránsito, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que aquel de los dos Tribunales Superiores al que corresponda po.....