Este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 7, 26, 49 y 253, de nuestra Carta Magna en concordancia con los artículos 186, 197 y 198 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y artículos 42, 60 y 69 del Código de Procedimiento Civil y dando cumplimiento a la Resolución N° 2013-0006, de fecha 20 de Febrero de 2013, aprobada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: Que es INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer del juicio de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMAS DE DOCUMENTOS PRIVADOS propuesto por el ciudadano JOSÉ RODRIGO SANTIAGO JEREZ, venezolano, mayor de edad, casado, agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° 8.019.555 e igualmente capaz, en su condición de comprador, por medio de Apoderado Judicial GREGORY GAUDENCIO RIVAS YZARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.716.291, inscrito en el .....