DISPOSITIVA.
En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA:
PRIMERO: Que el ciudadano, abogado German Nucete Marquines, no tiene derecho a cobrar por concepto de honorarios profesionales al ciudadano Carlos Lobo, por que los mismos ya fueron cancelados. En consecuencia, este juzgado considera improcedente la intimación y estimación de los honorarios ejercidos.
SEGUNDO: Se le absuelve al ciudadano Carlos Lobo, a pagarle al abogado German Nucete Marquine, por cuanto nada debe por concepto de honorarios profesionales, de conformidad al articulo 23 del Reglamento de la Ley de Abogados.
TERCERO: No se procederá a la retaza solicitada por el intimado, pues no existe deuda a pagar por concepto de honorarios profesionales.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE ORIGINAL EN EL EXPEDIENTE, EXPÍDASE COPIA CERTIFICADA A LOS EFECTOS DE LA ESTADÍSTICA .....